Creación del Registro de Instaladores Calificados para Generación Distribuida
A través de la Resolución 139/19 y su Anexo, el Gobierno de la Provincia de Córdoba creó el Registro de Instaladores Calificados de Sistemas de Generación Distribuida de Energía Renovable Integrada a la Red Eléctrica Pública para garantizar el acceso del público a información sobre los Instaladores Calificados que han sido inscriptos en el sistema. Se puede acceder al mismo aquí.
Algunas características del Registro:
- Para formar parte de él es requisito acreditar la aptitud y capacitación del solicitante, a través de la presentación de toda documentación respaldatoria relativa a su individualización, el contenido y alcance de los respectivos títulos habilitantes y/o certificados pertinentes, como así también las modificaciones que al respecto se produjeren.
- Todos los Instaladores Calificados deberán, primero, estar incluidos en el Registro de Electricistas Habilitados. Es decir que los Instaladores Calificados para Generación Distribuida son un sub-conjunto de los Electricistas Habilitados. Este es, por ahora, un registro de personas físicas. En una etapa posterior se analizarán las posibilidades de resolver las consultas realizadas respecto de la inscripción de empresas instaladoras.
- Se establecen tres categorías de Instaladores Calificados:
– Categoría A: Profesionales con título de grado universitarios que posean actividades reservadas definidas por el Ministerio de Educación de la Nación afines a la temática del Registro. Éstos son: Ingeniero Electricista – Ingeniero Electricista Electrónico – Ingeniero Eléctrico – Ingeniero Eléctrico Electrónico – Ingeniero Electromecánico – Ingeniero Mecánico Electricista. Los profesionales de este grupo son los primeros en integrar el registro. Este es el primer listado de títulos que se incluyen, se encuentra abierta la posibilidad de incluir a todos los profesionales o técnicos que cumplan con los requisitos establecidos.
– Categoría B: Técnicos cuyos títulos tengan alcances afines a la temática del Registro.
– Categoría C: Instaladores calificados no comprendidos en las categorías A y B que reúnan los requisitos que oportunamente establezca la Autoridad de Aplicación.