Compartimos información actualizada sobre resoluciones y normativa en el Marco de COVID-19
Se extiende la extensión con vencimiento en abril y mayo hasta el 30 de junio. Con esta modificación, la renovación automática que iba a iniciar este mes comenzará en junio. De todas maneras, aquellas empresas que necesiten realizar el trámite de renovación del certificado por su situación particular tendrán habilitada dicha opción para hacer el trámite en forma manual.
Hay problemas con los Certificados PyME recientemente renovados, no han contado con la opción del Diferimiento de IVA por 90 días creado por la Ley PyME. Se trata de un problema del sistema de AFIP, el cual está en proceso de subsanación. Sin embargo, no contamos con fechas precisas de cuándo será resuelto de modo que estaremos atentos.
El DNU 367/20 estableció una presunción para considerar el Covid-19 una enfermedad profesional de carácter no listado, en los términos del art 6° inc. 2ª de la Ley 24.557, para los trabajadores dependientes excluidos mediante dispensa legal y con el fin de realizar actividades declaradas esenciales, del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO), y en principio sólo mientras estén vigentes tales medidas.
Según el decreto, la Comisión Médica Central (CMC) deberá intervenir en cada caso particular para verificar la presunción y establecer la relación de causalidad directa e inmediata entre el contagio y el trabajo realizado.
La SRT prorrogó hasta el hasta el 30 de junio de este año –inclusive- el plazo para que las micro, pequeñas y medianas empresas (PyMEs) se incorporen al régimen de planes de pago previsto por el organismo, destinado a cancelar deudas con el Fondo de Garantía en concepto de cuota omitida y de multas y recargos aplicadas por el organismo. Del mismo modo, la SRT dispuso extender por 2 meses el plazo para pagar la primera cuota del plan, cuyo vencimiento se extendió al 20 de septiembre de este año. La normativa aclara que los pagos restantes vencerán en forma mensual y consecutiva el día 20 de cada mes o “inmediato posterior hábil”.
Compartimos enlace con toda la información legal relacionada a la emergencia sanitaria nacional ligada a COVID-19 para el sector tecnológico. El documento se actualiza periódicamente y pueden acceder al mismo aquí.
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